Abogado especializado en desahucios rápidos en Málaga al 607 53 01 01

abogado especializado en desahucios rápidos

Abogado especializado en desahucios rápidos en Málaga al 607 53 01 01

Si tienes un inmueble arrendado y su inquilino no paga el alquiler u otras cantidades establecidas en el contrato, como pueden ser la luz o el agua. El arrendador tiene la opción de acudir a los tribunales para reclamarle el pago de esa deuda. Incluso, en algunos casos el desalojo de la vivienda dentro de la misma demanda, tal y como nos explica nuestro abogado especializado en desahucios rápidos.

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La Ley de arrendamientos urbanos recoge varios motivos por los que el arrendador puede pedir que determine el contrato y que desaloje el inquilino. Sin embargo, en el artículo de hoy, vamos a tratar el más común, el desahucio por impago del arrendamiento.

Índice

Abogado especializado en desahucios rápidos

En la actualidad estamos viviendo una crisis económica con consecuencias sobre diversos aspectos, entre ellos, la justicia. Tal y como expone nuestro abogado especializado en desahucios rápidos, a diario escuchamos noticias que hacen eco al aumento de la morosidad bancaria y el impago de hipotecas. Así como, los concursos de acreedores.

Toda esta situación también desencadena el aumento de la morosidad en las relaciones arrendatarias. O lo que es lo mismo, inquilinos que no pueden hacer frente al pago de las cuotas, ya sean de viviendas o de locales.

Esto es lo que debes hacer para recuperar tu inmueble

La Ley 29/1994, de Arrendamiento Urbano, recoge en su artículo 27.2 que, en caso de impago de rentas, el arrendador podrá gestionar la resolución del contrato de alquiler de pleno derecho, por esas cuotas o por cualquier otra cantidad que haya asumido el arrendador.

En resumidas cuentas, lo que viene a decir el texto legislativo es que, en caso de impago de la renta se puede resolver el contrato. Sin embargo, ¿cómo se lleva a cabo esta resolución? ¿Qué se debe hacer para recuperar la posesión y/o cobrar la cuantía adeudada? ¿Cómo funciona el procedimiento de desahucio?

A todas estas preguntas podrá responder nuestro abogado especializado en desahucios rápidos. Si estás viviendo una situación difícil y no sabes cómo recuperar tu bien inmueble, asesórate con un profesional.

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Una de las primeras acciones que debes llevar a cabo es, como propietario, interponer una demanda de juicio verbal de desahucio. En ella, el juez deberá declarar el contrato como resulto y ordenar el desalojo de la vivienda o el local. Según se esté tratando en cada caso particular. Junto a este procedimiento, también se podrá realizar la reclamación del abono de las rentas arrendaticias pendientes de pago. Así como, las que se vayan acumulando hasta su desalojo.

Antes de iniciar el trámite judicial con la demanda de desahucio, se recomienda informar al inquilino la reclamación de las cuotas adeudadas y el desalojo de la propiedad en cuestión, a través de un burofax, telegrama o correo certificado con acuse de recibo.

Una vez transcurrido un plazo de 20 días desde que la sentencia haya sido dictada por el juez, el arrendador dispone de un plazo de 5 años para ejecutar la deuda en caso de que el inquilino no pague la deuda a la que ha sido condenado a pagar. Es decir, tal y como nos informa nuestro abogado especializado en desahucios rápidos si el arrendado no paga tras la sentencia en firme, el arrendador puede solicitar el embargo de dinero, cuentas u otros bienes para que pague la deuda.

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