Abogados en Málaga, ERTE por fuerza mayor parcial

ERTE por fuerza mayor parcial

Abogados en Málaga, ERTE por fuerza mayor parcial

Pues sí, dada la situación excepcional que estamos viviendo como consecuencia de la actualidad, ha dado origen, para “rizar el rizo” si es posible, al Real Decreto-Ley 18/2020 de 12 de mayo, de medidas sociales en defensa del empleo, dando paso a un nuevo tipo de ERTE. El denominado ERTE por fuerza mayor parcial.

Según nuestros abogados en Málaga, ha surgido como una modificación de los expedientes de fuerza mayor. Por tanto, podemos decir, que actualmente en España, existen tres tipos de Expedientes de Regulación de Empleo Temporal. Cada uno de ello con características particulares: ERTE por fuerza mayor total, ERTE por fuerza mayor parcial y ERTE por causa económica, tecnológica, organizativa o producción, denominado ERTE ETOP.

En este artículo, hoy nos centramos en la ultima clasificación que ha sido aprobada en nuestro país. ERTE por fuerza mayor parcial.

ERTE por Fuerza Mayor Parcial

Los ERTES por fuerza mayor estarán en vigor hasta el 30 de junio como ya se ha indicado. Llegado este momento, las empresas tendrán dos alternativas:

  • Seguir como hasta ahora. Algunos sectores a los que no se les está permitida aún la vuelta a la normalidad.
  • Negociación entre empresa y trabajadores para un ERTE ETOP.

Lo que e espera es que las empresas que han estado sujetas a un ERTE por fuerza mayor, recuperen paulatinamente su actividad, incorporando de esa manera a sus trabajadores progresivamente en función del nivel de producción. Una parte de la plantilla se mantendrá trabajando y otra en ERTE. En estos casos, es cuando estamos hablando de ERTE por fuerza mayor parcial.

Exoneraciones de las cuotas
  • Rebaja en la cotización de los trabajadores que vuelven al trabajo. En este caso, la empresa disfruta de una exoneración del 85% de la aportación devengada en mayo y del 70% en junio cuando la empresa tenga menos de 50 trabajadores y para aquellas con mayor plantilla, la exoneración se reduce al 60% para mayo y el 45% para junio.
  • Rebaja en la cotización de los trabajadores que siguen en paro. El Gobierno ha optado por penalizar a las empresas por los trabajadores que no se reincorporan por los que tendrán que abanar más dinero a la Seguridad Social. Para las empresas de menos de 50 trabajadores, la bonificación en mayo será del 60% y del 45% en junio, y para las empresas de más de 50 empleados, en mayor se ahorrará el 45% de la cotización del trabajador que no se haya incorporado y un 30% en junio.

Nuestros abogados en Málaga pueden resolverte cualquier duda en referencia a los ERTES: trámites necesarios, fechas, protección para empresario y empleados o cualquier otra cuestión que necesites. No dudes en contactar con Century Abogados, estamos muy cerca de ti.

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