¿Cómo afecta el estado de confinamiento a la custodia compartida?

Custodia compartida y confinamiento

¿Cómo afecta el estado de confinamiento a la custodia compartida?

Las dudas entre los progenitores que tienen custodia compartida desde el pasado 14 de marzo, cuando quedó aprobado el Estado de Alarma a través del Real Decreto – Ley 463/2020 han sucedido a la velocidad de la luz. Muchos padres se preguntan que va a pasar con sus hijos, cómo afectará al régimen de visitas y si va a ser posible o no el traslado de domicilio.

Es por este motivo, que los abogados expertos en derecho de familia que trabajan desde Century Abogados quieren transcribirle algunos de los efectos que las medidas urgentes tomadas, ha dejado en relación con el ámbito familiar.

Flexibilidad y custodia compartida, van de la mano

Uno de los consejos que siempre suele darse cuando los progenitores deciden separarse es intentar que el menor perciba normalidad ante la situación y que la unión familiar se mantiene, independientemente de que los padres estén o no divorciados. El confinamiento los sitúa en un momento complejo y muy sensible, por lo que se hace necesario mostrar una gran flexibilidad ante las negociaciones y ser capaces de firmar acuerdos por el bien de los menores.

Es muy importante velar por la salud de los más pequeños y de resto de miembros de la familia, como pueden ser los abuelos, que forman la parte más vulnerable de la sociedad para el virus. Además, de mantener el sentido común, si uno de los progenitores o alguien con quien convive presenta alguno de los síntomas, debe evitar el contacto con el menor, en cualquier caso.

El artículo 7 del Real Decreto que mantiene vigente el Estado de Alarma y que regula así la limitación a la libertad de circulación de personas, establece, que la circulación de menores en los intercambios de custodia compartida, están permitidos.

En este sentido, la custodia compartida en período de confinamiento debe realizarse con la mayor normalidad posible, dentro de las circunstancias.

Régimen de visita durante el Estado de Alarma

Se considera que los regímenes de visita sin pernocta deben ser suspendidos, a pesar de que, si era lo habitual en el día del menor, debería mantenerse. Como ya se ha indicado con anterioridad, es aconsejable la comprensión en el estado en el que nos encontramos, de esta forma será más sencillo alcanzar acuerdo de compensación en los que el progenitor que no ostenta la custodia. Es decir, una vez acabe el Estado de Alarma, pueda recuperar ese tiempo con sus hijos.

Sobre los regímenes de visita de fines de semana, se entiende que deben mantenerse, más aun, si la distancia entre ambos domicilios es corta. En estos casos, el traslado del menor es sencillo.

En cualquier caso, nuestros abogados de derecho familiar están a su disposición para resolverle las cuestiones relacionadas con la custodia compartida de sus hijos.

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