Mitos y verdades del derecho en el Cine. ¿Conoces alguna?

Mitos y verdades del derecho en el Cine. ¿Conoces alguna?

Muchos de ustedes seguramente habrán visto en alguna ocasión las típicas series de abogados norteamericanas. A juzgar por los datos que reflejan las audiencias es posible que incluso sean fervientes seguidores de las mismas. Pero aquí, en nuestro país, las cosas por lo general no son como en la pequeña pantalla.

Por ejemplo, usted nunca verá a su abogado marcarse en pleno juicio un altisonante «¡protesto señoría!» o sacarse de la mano un teatral golpe de efecto durante el interrogatorio, y que el juez de turno a penas le llame levemente la atención, o en el peor de los casos le amoneste. De hacerlo, lo más seguro es que el magistrado le mandase callar con tono de pocos amigos.

¿Se imaginan la típica frase de: «Dinos quién te lo ordenó y te ofreceremos inmunidad«? En España existe la opción como mucho de que el juez pueda rebajar la pena en uno o dos grados respecto a la señalada inicialmente, como sucede por ejemplo en los supuestos de arrepentimiento activo en los delitos de terrorismo, y siempre tras el cumplimiento de una serie de estrictos requisitos.

¿Y qué opinan de la celeridad con que se tramitan los casos en las series televisivas? Eso sí que es ciencia ficción, cuya única explicación posible quizá radique en que ha de caber la trama completa dentro de un mismo capítulo.

Es posible que en Estados Unidos las cosas tampoco sean exactamente como en las series de televisión, pero lo cierto es que éstas, aunque sea de manera excéntrica y caricaturizada, reflejan las profundas diferencias entre los sistemas jurídicos.

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