Nacionalidad Española por un Matrimonio

nacionalidad española por un matrimonio

Nacionalidad Española por un Matrimonio

Obtener la nacionalidad española por un matrimonio es un trámite que exige estar vinculado en calidad de cónyuge con un ciudadano español. Además, es necesario seguir un proceso con la Administración Pública para obtener la identidad oficialmente.

El Código Civil es la Norma Jurídica que respalda la solicitud de la nacionalidad española por matrimonio. Concretamente, el artículo 22.2 de dicha Ley toma protagonista sobre la tipología de matrimonios.

Desde Century Abogados ponemos a su disposición a nuestros abogados Málaga centro para asesorarse sobre los trámites necesarios para conseguir la nacionalidad española.

Índice

Normativa regulatoria de la Nacionalidad Española por un Matrimonio

Como ya se ha indicado con anterioridad, es el Código Civil quién dicta la legalidad del procedimiento. Sin embargo, no queda exento de modificaciones derivadas de los decretos que se publican. En este sentido, es destacable:

  • El procedimiento para la obtención de la nacionalidad española por residencia en función a la disposición final séptima del campo Administrativo de Justicia y del Registro Civil del 13 de julio y 19/2015
  • Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, por el que queda aprobado el Reglamento de los procedimientos para obtener la nacionalidad española por residencia.
  • La Orden JUS/1625/2016, de 30 de septiembre, acerca de la tramitación del proceso para la adquisición de la nacionalidad española por residencia.

Requisitos para obtener la Nacionalidad Española por Matrimonio

Los requisitos para obtener la nacionalidad española por matrimonio, va a variar en función al caso que se dé:

  • Ambos cónyuges son extranjeros. Si en un matrimonio ambas partes presenta una nacionalidad extranjera, los requisitos que deben cumplir para obtener la nacionalidad, son los mismos que exige el proceso de optar a la nacionalidad española por residencia.
  • Uno de los cónyuges es español. Si una de las partes tiene la nacionalidad española, el cónyuge extranjero podrá solicitar su nacionalidad española por matrimonio.
  • Si el cónyuge fallecido poseía la nacionalidad española, la nacionalidad española por matrimonio puede ser solicitada por la parte que queda en estado de viudedad.

En fusión a estas 3 situaciones, quedan especificados los pasos a seguir según el ordenamiento jurídico.

Documentación para el trámite de la Nacionalidad Española por un Matrimonio

Independientemente de la naturaleza del caso, los requisitos que todo matrimonio debe cumplir pasan por la entrega de una serie de documentos comunes a la Administración Pública.

La documentación para entregar por cada uno de los matrimonios sin diferenciar el tipo de caso es:

    • Certificado de registro de ciudadano de la Unión Europea.
    • Pasaporte vigente y estado completo.
    • Antecedentes penales en el país de origen vigente y validado por el Estado emisor.
    • Acta de nacimiento en el país de origen, vigente y validado en España.
    • Acta de matrimonio emitido por el país en el que tuvo lugar, legalizada y apostillada previamente.

Nacionalidad Española cuando uno de los cónyuges ya tiene la nacionalidad. En este caso, se deberán entregar los documentos recogidos en los 5 puntos anteriores, además de la siguiente información adicional:

      • Certificado matrimonial vigente en el plazo de 3 meses siempre que esté validado por el país en que fue celebrado. Si ha tenido lugar fuera del territorio español, es necesario que sea legalizado y apostillado por el país emisor.
      • Certificado de nacimiento del cónyuge español.

Si el cónyuge que solicita la nacionalidad española está viudo/a de un fallecido con nacionalidad española. Además de los documentos recogidos en el primer punto y aplicables a cualquier caso, también deberá presentar:

    • Certificado de nacimiento del cónyuge español
    • Acta matrimonial. Legalizada y apostillada si ha sido celebrado fuera del territorio español.
    • Acta de defunción del cónyuge.
    • Certificado de empadronamiento o de convivencia histórica a la fecha de la muerte.

Es muy importante en estos casos, calcular la fecha de vencimiento de cada uno de los documentos a presentar, ya que el tiempo que será prolongado es de 3 meses desde la fecha de expiración a la vigencia de las actas y certificados a convalidar. Infórmese sobre todos los requisitos que exige el proceso de obtención de la nacionalidad española por un matrimonio con nuestros abogados Málaga centro.

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