¿Qué plazo existe para reclamar un seguro de vida?

¿Qué plazo existe para reclamar un seguro de vida?

El Artículo 16 de la Ley 50/1980 de 8 de Octubre de Contrato de Seguro dice:

“El tomador del seguro o el asegurado o el beneficiario deberán comunicar al asegurador el acaecimiento del siniestro dentro del plazo máximo de siete días de haberlo conocido, salvo que se haya fijado en la póliza un plazo más amplio. En caso de incumplimiento, el asegurador podrá reclamar los daños y perjuicios causados por la falta de declaración.

Este efecto no se producirá si se prueba que el asegurador ha tenido conocimiento del siniestro por otro medio.

El tomador del seguro o el asegurado deberá, además, dar al asegurador toda clase de informaciones sobre las circunstancias y consecuencias del siniestro. En caso de violación de este deber, la pérdida del derecho a la indemnización sólo se producirá en el supuesto de que hubiese concurrido dolo o culpa grave”.

Por ello, nuestros Abogados expertos en Derecho de sucesiones, nos recomienda lo siguiente:

  • Debe solicitarse un certificado donde figure si la persona fallecida tenía seguro de vida. En dicho certificado consta si tiene seguro y con qué entidad aseguradora. Esta solicitud no puede presentarse hasta pasados 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento.
  • ¿Qué ocurre si transcurren estos 7 días? Pues a pesar de que la aseguradora puede reclamarnos los daños y perjuicios, pero por regla general y si es poco tiempo el que pasa, esto no suele ocurrir.
  • Por otro lado, el plazo efectivo de prescripción se encuentra fijado en el Artículo 23 de la Ley 50/1980 de 8 de Octubre de Contrato de Seguro: “Las acciones que se deriven del contrato de seguro prescribirán en el término de dos años si se trata de seguro de daños y de cinco si el seguro es de personas.” Por tanto, tendríamos un plazo de 5 años.

Resultado de imagen de escritura

Century Abogados surge de la unión de Abogados Expertos en distintas materias en Málaga, que se unen para configurar una Corporación Jurídica que abarque todas las materias del Derecho. Nuestros principales compromisos son la seriedad y la profesionalidad. Contamos con más de 20 años de experiencia.

Los abogados expertos en Derecho de sucesiones que conforman el equipo de CENTURY ABOGADOS comparten unos  principios y valores comunes, maxime cuando actuamos como abogados expertos en herencias:

Defensa de primer nivel, trabajo constante así como servicio de atención al cliente personalizado.

Seriedad, profesionalismo y experiencia son los tres valores que más cuidamos y que nos dan día a día la confianza de nuestros clientes para proporcionar una labor eficiente en todo tipo de procedimientos.

Si busca información o asesoramiento, no dude en contactar con Century Abogados, disponemos de Abogados expertos en Derecho de sucesiones. Puede llamar al teléfono gratuito 900 82 35 31 o enviarnos un correo electrónico a [email protected]

Actualmente disponemos de sede en Málaga, Torremolinos, Fuengirola, Marbella, Córdoba, Alicante, Madrid, Barcelona y Ceuta.

Rate this post
No Comments

Sorry, the comment form is closed at this time.