Reconocida la indemnización de 20 días por año trabajado por cese de un funcionario interino

Reconocida la indemnización de 20 días por año trabajado por cese de un funcionario interino

Un profesor gallego, funcionario interino, fue contratado para realizar una sustitución para cubrir un período desde el 13 de Octubre de 2015 hasta el 14 de Septiembre de 2016.

Cuando finalizó este período, el docente reclamó a la Consejería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria de Galicia una indemnización de 20 días por año trabajado. A raíz de esta reclamación, la Consejería denegó tal petición y el docente decidió emprender medidas legales.

Ahora, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 2 de A Coruña estima el recurso interpuesto por el docente.

El juez se ampara en el acuerdo marco entre la CES, Unice y el CEEP sobre trabajo de duración determinada y en la doctrina comunitaria, especialmente en la sentencia del 14 de septiembre de 2016 (LA LEY 111190/2016).

La Sentencia recoge las siguientes notas:

  • El docente no puede ser discriminado por su condición de temporalidad.
  • No existen razones objetivas que impidan concederle la indemnización.

Por tanto, el docente tendrá el derecho de ser indemnizado con 20 días por año trabajado.

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