Requisitos para conceder una incapacidad laboral

Requisitos para conceder una incapacidad laboral

Requisitos para conceder una incapacidad laboral

¿Alguna vez te has preguntado cuales son los requisitos necesarios para obtener una Incapacidad Laboral?

Índice

Incapacidad absoluta permanente para todo trabajo

La Seguridad Social concede la incapacidad permanente a aquellos trabajadores que por algún problema físico o psicológico no están capacitados para desempeñar su trabajo.

Dependiendo de las limitaciones que tenga el trabajador, se le asignará un grado diferente de incapacidad.

Para la incapacidad absoluta permanente que inhabilita por completo para trabajar para toda profesión u oficio.

Pero existen excepciones, ya que en algunas ocasiones compatible el trabajo con la incapacidad permanente absoluta para aquellas actividades, compatibles con el estado del incapacitado y que no representen un cambio en su capacidad de trabajo a efectos de revisión.

¿Puedo trabajar con una incapacidad permanente absoluta o Gran Invalidez?

Sí, existe la posibilidad de que puedas trabajar mientras percibes la prestación por una incapacidad permanente absoluta o de Gran Invalidez.

Por otro lado, el disfrute de la pensión de incapacidad permanente absoluta a partir de la edad de acceso a la pensión de jubilación será incompatible con el desempeño por el pensionistas de un trabajo, por cuenta propia o por cuenta ajena, que determine su inclusión en alguno de los regímenes del sistema de Seguridad Social.

¿Qué requisitos se exigen para conceder esta incapacidad?

Primer requisito:  estar de alta o situación asimilada al alta

Para tener derecho a la incapacidad permanente se ha de estar trabajando o en situación asimilada al alta.
Simplificándolo mucho se puede considerar que un trabajador se encuentra en situación de asimilada al alta, cuando no está trabajando, pero por alguna causa justificada.

Por ejemplo, se encuentra en situación de asimilada al alta cuando se encuentra en situación de excedencia forzosa o por cuidado de un hijo o un familiar, cuando se encuentra cobrando el paro o subsidio, o después de finalizado este periodo sigue en paro, periodos de inactividad de los trabajadores fijos de temporada….

Segundo requisito: periodo de cotización previo

Es tener un periodo de cotización mínima en función de si el trabajador se encuentra en situación de alta o asimilada al alta y de la causa de la incapacidad si es enfermedad o accidente no laboral.
Este requisito no es exigible en caso de que la causa que lo motiva sea por contingencias profesionales, esto es, una enfermedad profesional o un accidente laboral.
Por lo tanto, si el trabajador se encuentra en situación de alta o asimilada al alta se exigen los siguientes periodos cotizados:

En el caso de enfermedad común:

  • Menor de 31 años en la fecha del hecho causante: se debe de tener cotizado un tercio del tiempo transcurrido entre la fecha en que se cumplió 16 años y aquella en que se produce el hecho causante.
  • Mayor de 31 años en la fecha del hecho causante: se debe de tener cotizado un cuarto del tiempo transcurrido entre la fecha en que se cumplió 20 años y aquella que se produce el hecho causante, con un mínimo, en todo caso, de cinco años. Además, al menos una quita parte del periodo exigible deberá estar comprendida dentro de los 10 años inmediatamente anteriores al momento de causar la prestación.

 

En caso de accidente no laboral, no se exige periodo mínimo cotizado.

Si el trabajador no se encuentra en situación de alta o asimilada al alta, el trabajador debe acreditar un periodo mínimo de cotización de 15 años, 3 de los cuales lo han de estar dentro de los 10 anteriores a la fecha del hecho causante.

 

Tercer requisito: patología médica

La concesión de una incapacidad permanente absoluta depende de unos criterios totalmente médicos.
Por lo tanto, habrá de valorar desde una perspectiva médica las lesiones que padece el trabajador. El derecho laboral sólo marca el procedimiento a seguir para solicitarla judicial y extrajudicialmente.

Las lesiones que tiene que padecer el trabajador son de tal importancia que no permitan realizar la casi totalidad de los trabajos.
Ejemplos de concesión de incapacidad permanente por los tribunales:

  • Epilepsia parcial completa. La Sentencia del Tribuna Superior de Justicia de Galicia, con fecha de 11 de octubre de 2011 considero que una incapacidad permanente absoluta que presentaba una epilepsia parcial compleja, con una crisis comicial al mes, deterioro de memoria a corto o medio plazo, incluso presenta pérdida del control de esfínteres, encontrándose limitado para actividades de riesgo vital para él y para terceras personas.
  • Fibromialgia. La Sentencia del TSJ de Canarias, con fecha de 28 de abril de 2017. Como consecuencia de las lesiones que padece la trabajadora no no puede realizar bipedestación prolongada más allá de 15-20 minutos, como tampoco deambulación prolongada, pudiendo puntualmente llevar pesos pero no de forma continuada. Tampoco puede desarrollar posturas rígidas de la columna, siendo diagnosticada con reumatología síndrome fibromiálgico.
  • Depresión, trastorno depresivo crónico. La Sentencia del TSJ, con fecha de 28 de mayo de 2013, considera que una depresión de larga duración  inhabilita para cualquier actividad que requiera como el trabajo por cuenta ajena una responsabilidad, el cumplimiento de un horario, el desplazamiento diario al centro de trabajo, el sometimiento a las instrucciones y disciplina empresarial, etc, etc.
  • Enfermedad de Crohn, con afectación de estómago, intestino delgado y colon, durante cuyo tratamiento le fue detectada neoplasia de mama izquierda. La Sentencia del TSJ de Navarra con fecha de 28 de noviembre de 2012 considero que la suma de todas estas dolencias arroja un cuadro resultante particularmente complejo, en el que coexisten dolencias de distinta naturaleza y gravedad. Algunas de ellas, como la enfermedad de Crohn (una grave dolencia crónica afectante al intestino, pero susceptible de manifestarse en cualquier tramo del tracto digestivo) requieren un tratamiento continuado y procuran fases de dolor abdominal intenso a lo largo de sus brotes.
    Secuelas derivadas de un carcinoma de recto y pólipo denomatoso de ciego que provocó una colostomía permanente. La Sentencia del TSJ Extremadura Sala de lo social con fecha uno de febrero de 2007 considero la incapacidad permanente absoluta.

 

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