separacion malaga Tag

[kkstarratings] Teléfono gratuito 900 82 35 31. Si necesita Abogados de divorcio ante notario Malaga, sepa que en Century Abogados contamos con los mejores abogados expertos en la materia, que cuentan con una amplia experiencia en todas las áreas del Derecho, pero en especial en Divorcios. Nuestro equipo...

[kkstarratings] Teléfono gratuito 900 82 35 31. Si necesita expertos en divorcio contencioso Malaga, sepa que en Century Abogados contamos con los mejores Abogados Expertos en accidentes de tráfico, que cuentan con una amplia experiencia todas las áreas del Derecho. Nuestro equipo está compuesto por expertos en divorcio...

[kkstarratings] Teléfono gratuito 900 82 35 31. Si necesita Abogados de custodia en Malaga, sepa que en Century Abogados contamos con los mejores Abogados Expertos en Derecho de Familia, que cuentan con una amplia experiencia todas las áreas del Derecho. Nuestro equipo está compuesto por Abogados custodia Malaga los cuáles cuentan...

[kkstarratings] Telefono gratuito 900 82 35 31. En CENTURY ABOGADOS disponemos de abogados especializados derecho de familia (divorcios, pensiones, custodia compartida...) que le tramitarán las cuestiones con la seriedad, el rigor y la eficacia necesarias como para que usted se sienta totalmente satisfecho con las condiciones del divorcio. Desde CENTURY ABOGADOS y concretamente nuestros Abogados familia Malaga le explicamos todo asunto que gira en torno al divorcio y las consecuencias que tiene tanto para usted como para sus hijos menores. Contamos con los mejores Abogados familia Malaga.

Nuestros abogados familia Malaga nos explican qué es el divorcio: El divorcio se entiende como la extinción del negocio jurídico matrimonial. Es decir a partir de la formalización del divorcio, el matrimonio no tendrá ningún efecto, siendo diferente a la nulidad matrimonial que produce la invalidación del mismo y tiene como efecto el que el matrimonio no ha existido legalmente nunca. De la misma forma hemos de mencionar los distintos tipos de divorcio que se pueden dar, como es el divorcio contencioso, existiendo un conflicto entre los cónyuges que no se ponen de acuerdo a la hora de determinar las condiciones del divorcio. Distinto es este del divorcio de mutuo acuerdo, procediéndose en este caso de forma amistosa entre cónyuges.

Además a partir de una nueva legislación aprobada en 2015, cabe la posibilidad de que el matrimonio se extinga, cuando hay mutuo acuerdo, ante el notario o fedatario público mediante escritura pública. O bien ante el Juez, tanto si hay mutuo acuerdo como si es contencioso. En el primer caso, las partes presentarán un convenio regulador acordado previamente. En el segundo caso será el Juez el que fije las condiciones de ese convenio regulador mediante sentencia judicial.

Aclarado todo ello, nuestros Abogados familia Málaga que le solucionamos cuestiones tales como:

-Determinación de la custodia de los hijos menores.

-Régimen de visitas del cónyuge que no tenga la custodia, en caso de que ésta sea monoparental.

-Determinación de a quién corresponde la vivienda familiar y el ajuar.

-Determinación de una pensión compensatoria para el cónyuge más débil desde el punto de vista económico.

-Liquidación del régimen económico matrimonial. 

El procedimiento del divorcio de mutuo acuerdo se inicia mediante la presentación, ante el Juzgado de Primera Instancia del lugar del último domicilio conyugal, o el del domicilio de cualquiera de los cónyuges si estos ya vivieran separados, de una demanda de divorcio firmada por ambos cónyuges o por uno de ellos con el consentimiento del otro.

Hay que aportar una serie de documentos que la Ley exige acompañando a la mencionada demanda. Ambos cónyuges deben estar representados ante el Juzgado por abogado y procurador. Habitualmente en el plazo de tres días, los cónyuges serán citados para que ratifiquen su deseo de divorciarse ante el Juez y den personalmente allí, su conformidad con el contenido del convenio regulador. En el caso de que, una vez en el Juzgado, los cónyuges no se ratificasen en su deseo de divorciarse, el Juez archivará el asunto; y los cónyuges, si lo desean, podrán iniciar el procedimiento de divorcio contencioso (es decir ya NO de mutuo acuerdo). Si los cónyuges se ratifican en el Juzgado; el Juez examinará el contenido del convenio regulador (comprobará que no es perjudicial para los hijos si los hubiere, o extraordinariamente nocivo para uno de los cónyuges, etc). Si comprueba que todo es conforme a derecho, procederá a dictar sentencia en un breve plazo (que suele depender de cada Juzgado). En el caso de que el Juez estime la NO aprobación del convenio regulador que los cónyuges a través de su abogado y procurador le hayan presentado; concede un plazo de diez días para que propongan un nuevo convenio. En el caso de que existan hijos menores de edad, el Juez recaba un informe del Ministerio Fiscal. El Juez oirá a los hijos mayores de 12 años y si tuvieran suficiente juicio. Este trámite se realiza de forma privada y respetando siempre la confidencialidad. Aunque sucede con mucha mayor frecuencia en los divorcios contenciosos. En los divorcios de mutuo acuerdo (que es el caso que nos ocupa) son muy extraños (un porcentaje muy pequeño) los casos en los que se acuerde oír a los menores.

DIVORCIO CONTENCIOSO.

El proceso del divorcio contencioso, que viene regulado en los artículos 769 y siguientes de la Ley de enjuiciamiento Civil es el siguiente:

Uno de los cónyuges presenta una demanda de divorcio contencioso contra el otro cónyuge. En dicha demanda deberá explicar por que quiere el divorcio (aunque no es necesario justificar ninguna causa) y solicitar qué es lo que quiere o cómo quiere que se regule la relación familiar tras el divorcio.

Así, en la demanda de divorcio contencioso se solicitará, entre otras:

  1. El divorcio: Motivo principal de la demanda.
  2. La asignación de la patria potestad: Esto es en caso de que el matrimonio tenga hijos. Habitualmente y, salvo casos muy excepcionales, la patria potestad es compartida por ambos progenitores. Solo se le otorga a uno de ellos cuando el otro está incapacitado para tomar decisiones sobre los hijos.Ejemplo: Un padre/madre alcohólico/a, drogadicto/a, etc.
  3. La asignación de la guarda y custodia: En caso de que haya hijos se solicitará qué tipo de guarda y custodia se desea. Esta puede ser a favor de uno de los dos cónyuges o una guarda y custodia compartida.Dada la situación de la sociedad actual, es muy habitual que hoy en día se otorgue una guarda y custodia compartida por ambos progenitores.
  4. El régimen de visitas En caso de que haya hijos, en la demanda de divorcio contencioso deberá solicitarse para sí u ofrecerse para el otro cónyuge (demandado) un régimen de visitas a favor de los hijos.
  5. La pensión de alimentos: En caso de que haya hijos dependientes económicamente de la unidad familiar, deberá asignarse a favor de estos una pensión alimenticia.Para solicitar u ofrecer un determinada cantidad, deberá justificarse cuáles son los gastos habituales de los hijos (comida, ropa, estudios, medicamentos no cubiertos por la Seguridad Social, etc).En casos de guardas y custodias compartidas como los hijos pasan la mitad del tiempo con cada progenitor, en muchas ocasiones, lo que se hace es que los progenitores habrán una cuenta bancaria conjunta, en la que cada mes ingresarán un importe que se destinará a gastos no habituales del hijo/s y, en cuanto a los gastos habituales de comida y ropa, estos serán cubiertos por el progenitor que en ese momento esté con los hijo/s.
  6. La pensión compensatoria: Esta es la pensión que abona un cónyuge a favor del otro para compensarle por el trabajo dedicado a la casa y la familia. Actualmente, ya no suele otorgarse.La pensión compensatoria tenía sentido en las estructuras familiares de hace años donde el padre trabajaba todo el día y la madre se quedaba al cuidado de la casa y de los hijos, de manera que, cuando se producía el divorcio contencioso la mujer quedaba totalmente descompensada económicamente ya que, no disponía de ingresos y por ello, se le otorgaba una pensión compensatoria.En los tiempos actuales, generalmente ambos cónyuges trabajan y cuidan de la casa y los hijos, motivo por el cual, es muy raro que se otorgue una pensión compensatoria, salvo que el desequilibrio económico tras el divorcio sea muy grande. La idea de la pensión compensatoria es mantener, dentro de lo posible, el mismo nivel de vida que se tenía durante el matrimonio.
  7. El uso del domicilio familiar: Otra de las medidas que debe adoptarse dentro del procedimiento de divorcio contencioso es quién se va a quedar con el uso de la vivienda familiar y quién se va a marchar.Habitualmente, el uso del domicilio familiar se le otorga al cónyuge al que se le concede la guarda y custodia de los hijos y, en caso de que no haya hijos, al que disponga de menos medios económicos y, esto puede pasar, aunque el domicilio sea del cónyuge al que no se le otorga la guarda y custodia porque lo que se intenta es asegurar una vivienda a los hijos y, por tanto, también al progenitor que va a cuidar de ellos.
  8. Reparto de bienes restantes: El cónyuge demandante, deberá detallar cómo quiere que sea el reparto de bienes.

Una vez presentada la demanda en el juzgado (el juzgado competente es el que se corresponda con la dirección del último domicilio familiar), se admitirá a trámite, se le asignará un número de expediente de divorcio contencioso y se le enviará por correo al demandado (al otro cónyuge) para que en el plazo de veinte días hábiles desde que la reciba la conteste (artículo 753 de la Ley de enjuiciamiento Civil). 

Contestación de demanda en divorcio contencioso.

En la contestación a la demanda de divorcio contencioso, el demandado deberá decir en qué cosas está de acuerdo, si las hay, en que cosas no, por qué y qué es lo que el quiere o pide.

Cabe señalar que tanto la demanda como la contestación del procedimiento de divorcio contencioso deben ir firmadas por abogado y procurador y en ellas, no solo se pide lo que se quiere, sino que además debe justificarse, en la medida de lo posible, el por qué. Por ejemplo, cuando se pide un importe determinado de pensión de alimentos a favor de los hijos, no basta con pedir un importe y ya está, sino que deberá justificarse por qué se pide ese importe y no otro. Normalmente, se justifica con comprobantes de los gastos de los hijos (comida, ropa, estudios, etc.).

Una vez contestada la demanda, el juez la admitirá a trámite, se la pasará al demandante (al cónyuge que presentó la demanda) para que sepa que es lo que quiere el otro y se señalará fecha para la celebración del juicio de divorcio contencioso, donde las partes (los cónyuges) defenderán sus posturas y aportarán las pruebas de las que intenten valerse

Sin precisar ningún trámite más, el Juez dictará sentencia, habitualmente concediendo el divorcio.

CENTURY ABOGADOS cuenta con los mejores Abogados familia Malaga. Nuestros principales compromisos son la seriedad y la profesionalidad. Contamos con más de 20 años de experiencia.

Los abogados familia Malaga que conforman el equipo de Century Abogados comparten unos  principios y valores comunes, maxime cuando actuamos como expertos en abogados familia Malaga, que son:

Defensa de primer nivel, trabajo constante asi como servicio de atencion al cliente personalizado, orientado todo ello a que cuente con la mejor defensa posible.

Seriedad, profesionalismo y experiencia son los tres valores que más cuidamos y que nos dan día a día la confianza de nuestros clientes para proporcionar una labor eficiente en todo tipo de procedimientos.

Si busca información o asesoramiento, no dude en contactar con Century Abogados, disponemos de Abogados familia Malaga. Puede llamar al teléfono gratuito 900 82 35 31 o enviar un correo a [email protected]