Tipos de Despido Málaga

Tipos de despido Malaga

Dentro de la Firma Century Abogados el área de Derecho Laboral cuenta con Abogados laborales especialistas en despidos con mas de 20 años de experiencia los cuales representan diariamente a múltiples trabajadores tanto en Málaga como en la Provincia, siendo lideres en cuanto a volumen de indemnizaciones obtenidas así como asuntos despachados mensualmente, ello en función de los tipos de despido. Nuestros abogados son expertos en tipos de despido Malaga.

Son tres los principales tipos de despido que existen, segun nuestra legislacion laboral:

Despido Objetivo

Se produce, dentro de los tipos de despido, el despido objetivo , y por ende la finalizacion anticipada del contrato de trabajo, dentro de los tipos de despido, por las causas establecidas taxativamente en el articulo 52 del la Ley Laboral:

La ineptitud del trabajador ya sea conocida o sobrevenida con posterioridad a su entrada en el puesto de trabajo y firma del contrato de trabajo

Cuando el trabajador no consiga adaptarse a las modificaciones o innovaciones introducidas en su puesto de trabajo, siempre que esos cambios sean razonables y haya transcurrido un período mínimo de dos meses desde que se implantaron dichos cambios, y consiguientemente haya firmado su contrato de trabajo y preste servicios efectivos en la empresa

Cuando se den motivos económicos, técnicos, organizativos o de producción que supongan la necesidad acreditada de amortizar puestos de trabajo.

La empresa tiene que probar que necesita reducir costes y que el despido supone un ahorro para la misma en cuanto a sistemas productivos

La falta de asistencia o ausencias en el puesto de trabajo de forma reiterada cuando supongan el 20% de la jornada en dos meses consecutivos, o bien el 25% en cuatro meses discontinuos en un periodo de 12 meses, debiendo probar el empresario tal circunstancia para que la misma pueda ser operativa y por ende dar lugar al despido por causas objetivas del trabajador afectado por el mismo

Conforme al Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, se amplian los motivos de despido objetivo, siendo suficiente con que la empresa incurra en pérdidas, o tenga previsión de ellas o bien acumule 3 trimestres de caídas en las ventas para que el despido sea declarado un despido objetivo procedente.

Efectos del despido objetivo

La indemnización que corresponde al trabajador es de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades dentro de los tipos de despido

El procedimiento que se sigue es el siguiente: El empresario vendra obligado a comunicar al trabajador el despido indicandoles las causas del mismo, asi como poner a su disposicion una indemnizacion de 20 dias por año de trabajo, con un maximo de 12 meses

Tras la reforma laboral del año 2012, el preaviso en lugar de 30 dias se reduce a 15 dias

¿Que puede hacer el trabajador ante un despido objetivo?

El trabajador una vez recibida la carta de despido dispone de un plazo de 20 dias caso de que no lo considere legal para presentar un acto de conciliacion ante el CEMAC, y para el supuesto de que citados ambos, empresario y trabajador no existiera acuerdo, interponer la demanda laboral ante los Juzgados de lo Social, conforme a los tipos de despido

Despido disciplinario

Tipos de despido Malaga

Tipos de despido Malaga

Dentro de los tipos de despido, se produce cuando el trabajador no cumple con sus obligaciones laborales forma continuadad, grave y culpable, esto es, conscientemente de su actuacion

Las causas del despido disciplinario vienen recogidas en el articulo 52 del la ley laboral y son las siguientes, a tenro del Estatuto del Trabajador:

Las faltas de asistencia o puntualidad al trabajo de forma reiterada e injustificada.

La indisciplina o desobediencia en el trabajo cuando sea grave e injustificada por parte del trabajador.

Las ofensas verbales o físicas al empresario, o a los trabajadores de la empresa o a los familiares que convivan con ellos.

La transgresión de la buena fe contractual o el abuso de confianza en el desempeño del trabajo. Se considera una transgresión si el trabajador trata mal a los clientes o filtra información a empresas de la competencia.

La disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo, ya sea normal o pactada. Esta causa tiene mayor dificultad a la hora de acreditarla ante un juez.

La embriaguez habitual o toxicomanía habituales en el trabajador, cuando repercutan de forma negativa en el trabajo.

El acoso por motivos de discapacidad, edad, convicciones o religión, etnia, orientación sexual y el acoso sexual o por razón de sexo al empresario o a alguno de los trabajadores de la empresa también es causa de despido disciplinario.

Efectos del despido disciplinario

Cuando el empresario realiza este tipos de despido ha de ser muy cauto, y probar los hechos que originan el despido, y para el caso de que no se cumpla la normativa, el empresario dispone de un plazo de 20 dias para realizarlo nuevamente, y surte efectos desde el momento de la comunicacion efectiva del mismo, segun nuestro Tribunal Constitucional

Si el trabajador no esta conforme con el mismo el proceso es idéntico al anterior:

El trabajador dispone de un plazo de 20 dias caso de que no lo considere legal para presentar un acto de conciliacion ante el CEMAC, y para el supuesto de que citados ambos, empresario y trabajador no existiera acuerdo, interponer la demanda laboral ante los Juzgados de lo Social

En caso de que al realizar el despido no cumplas los requisitos mencionados anteriormente podrás realizar un nuevo despido en los veinte días siguientes al primer despido. En este nuevo despido si tendrás que cumplir los requisitos y surtirá efectos a partir de la fecha que se realiza.

Despido colectivo

Dentro de los tipos de despido, se califica como colectivo, segun nuestro Abogado Despido Malaga, cuando por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, en un plazo de noventa días, la extinción del contrato afecte a:

Diez trabajadores, en las empresas que tengán menos de cien trabajadores.

El 10% del número de trabajadores que posea la empresa cuando esta tenga entre cien y trescientos trabajadores.

Treinta trabajadores cuendo la empresa tenga trescientos o más trabajadores.

O bien cuando la plantilla de la empresa sea superior cinco y se despida a todos los trabajadores, como consecuencia de la cesación total de la actividad de la empresa fundada en las causas de este tipo de despido.

Tras la reforma laboral del año 2012, ya no es necesario para realizar un ERE que la Autoridad Laboral lo aturize, solamente el Juez de lo Laboral, dentro de los tipos de despido

Causas del despido colectivo son las siguientes:

Las causas por las que puedes realizar, segun nuestro Abogado Laboralista Malaga asi como el Estatuto de los Trabajadores, son los que siguen:

Por causas económicas de la empresa, cuando los despidos realizados contribuya a superar la situación económica de la empresa.

Por causas técnicas, organizativas o de producción, cuando los despidos garanticen la viabilidad futura de la empresa y el empleo en la misma. Las causas técnicas están relacionadas con cambios en los medios e instrumentos de producción, las causas organizativas se dan cuando se producen cambios en el ámbito de los sistemas y métodos de producción y las causas de producción, son por ejemplo los cambios producidos en la demanda de los productos y servicios que la empresa ofrece.

Despido nulo Despido procedente Despido improcedente

Expuesto lo anterior, si el trabajador no esta conforme con el despido puede reclamar a la Autoridad Judicial por el mismo, y es esta ultima instancia quien decide, como ha de ser calificado el despido, esto es si el empresario actuo conforme a la ley

El despido puede ser calficado como procedente, imporocedente y nulo

Despido Procedente

El despido es procedente  dentro de los tipos de despido, cuando se ha documentado y probado las causas del despido disciplinario de tu trabajador, por tanto el contrato con el trabajador se extinge sin que se produzca ningún tipo de indemnización a favor del trabajador a excepcion de la que establece la ley de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades.

Despido Improcedente

El despido se califica como improcedente cuando no se prueba por parte del empresario que se ha producido un incumplimiento por parte del trabajador de las obligaciones contenidas en el contrato de trabajo o se incumplen los requisitos legales

En tales supuestos el trabajador tiene que ser readmitido en su puesto o bien recibir una indemnización.

Tras la reforma laboral de febrero de 2012 a través del Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, establece que la indemnización por despido improcedente de los contratos formalizados con anterioridad a la entrada en vigor de este RD se calculará en base a 45 días de salario por año de servicio por el tiempo de prestación de servicios anterior a dicha fecha de entrada en vigor (11 de febrero de 2012) y a razón de 33 días de salario por año de servicio por el tiempo de prestación de servicios posterior, sin superar los 720 dias de sueldo

El importe indemnizatorio resultante no podrá ser superior a 720 días de salario,

Despido Nulo

El despido se declara nulo nulo cuando el motivo del despido tiene que ver con violaciones de derechos establecidas en la Constitución o normativa laboral

El efecto que este despido produce es la inmediata readmisión y el abono de los salarios correspondientes al período en el que no ha estado trabajando ya que el incumplimiento no ha sido imputable al mismo

Finiquito

El finiquito es el documento que pone fin al contrato de trabajo y por ende la relacion laboral y se liquidan los sueldos y salarios del trabajador pendientes a la fecha de entrega del mismo y donde el trabajador reconoce que no se le adeuda cantidad alguna, 

Firmar el finiquito conlleva la conformidad con las cantidades que aparecen recogidas en él, por ello, es fundamental no firmar, o firmar “no conforme” en el caso de que no estemos seguros de que el finiquito este bien calculado, si bien la firma del finiquito no implica que se este conforme con la finalizacion anticipada del contrato de trabajo segun Nuestro Tribunal Supremo

Procedimiento Judicial para reclamar por despido 

Como anteriormente indicabamos el trabajador no conforme con su despido puede reclamar contra el mismo, y por ende el despido puede ser declarado como procedente, improcedente o nulo.

El trabajador tiene 20 días hábiles para efectuar su reclamacion, pasado el cual ya no se puede reclamar y pierde todos sus derechos

El procedimiento de reclamación es el que sigue:

Con carácter previo a la interposición de la demanda, la ley obliga a que las partes acudan al acto de conciliación ante el servicio de mediación y arbitraje 

A tal efecto se tiene que presentar la papeleta de conciliación y una vez presentada se nos cita para el acto de conciliación en el cual las partes podrán llegar a un acuerdo el cual tendrá carácter ejecutivo, es decir, que si la empresa no cumple lo recogió en él se podrá solicitar del juzgado proceda a su ejecución.

Si no hay acuerdo entre las partes, se reanuda el plazo de los 20 días en este caso para presentar la demanda ante los juzgados de lo social, en los cuales se resolverá el asunto.

Century Abogados surge de la unión de Abogados Expertos en distintas materias en Málaga, que se unen para configurar una Corporación Jurídica que abarque todas las materias del Derecho. Nuestros principales compromisos son la seriedad y la profesionalidad. Contamos con más de 20 años de experiencia. Abogados expertos en tipos de despido Malaga.

Nuestros abogados laboralistas son expertos en tipos de despido Malaga que conforman el equipo de CENTURY ABOGADOS comparten unos  principios y valores comunes, maxime cuando actuamos como expertos en tipos de despido Malaga:

Defensa de primer nivel, trabajo constante así como servicio de atención al cliente personalizado.

Seriedad, profesionalismo y experiencia son los tres valores que más cuidamos y que nos dan día a día la confianza de nuestros clientes para proporcionar una labor eficiente en todo tipo de procedimientos.

Si busca información o asesoramiento, no dude en contactar con Century Abogados, disponemos de Abogados expertos en tipos de despido Malaga. Puede llamar al teléfono gratuito 900 82 35 31 o enviarnos un correo electrónico a [email protected]

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