¿Divorcio contencioso o de mutuo acuerdo?

¿Divorcio contencioso o de mutuo acuerdo?

Si está pensando en divorciarse, debe saber que existen varias formas de hacerlo. Por un lado, el divorcio contencioso, por otro el de mutuo acuerdo, y finalmente, el exprés. Si tiene dudas acerca de cuál es la forma más apropiada para el suyo, venga por nuestro despacho de abogados en Málaga. Le explicaremos en qué consiste cada uno, le recomendaremos el más apropiado para su caso y nos pondremos a trabajar. Da igual si reside en Marbella, en Torremolinos, en Fuengirola… Le ofrecemos cobertura en toda la provincia de Málaga.

La diferencia principal entre el divorcio contencioso y el divorcio de mutuo acuerdo, es que en el contencioso, uno de los cónyuges solicita el divorcio sin el consentimiento del otro, requiriéndolo judicialmente mediante presentación de demanda contenciosa.

Ya que los cónyuges no están de acuerdo en divorciarse, no se une a la demanda el convenio regulador y será el Juez quien mediante la sentencia de divorcio, determinará los detalles y la situación en la que quedará cada cónyuge respecto a los bienes y las obligaciones en relación a sus hijos, si los hay. Además, deben haber transcurrido más de tres meses desde la celebración del matrimonio para poder divorciarse, sin que sea necesario alegar ningún motivo.

En el divorcio contencioso, cada cónyuge debe ir representado por un abogado diferente, que se encargue de defender sus intereses, lo que alarga el proceso, pero es necesario la postura entre ambos cónyuges es irreconciliable.

El divorcio de común acuerdo permite divorciarse de un modo más sencillo, y la principal diferencia radica en el hecho de que son los propios cónyuges quienes deciden y pactan las medidas que regirán la nueva situación. Ambos deben estar de acuerdo en divorciarse, debiendo constar sus pactos en el convenio regulador que posteriormente deberán ratificar ante el Juzgado. Este convenio será redactado por el abogado, y establecerá los acuerdos alcanzados respecto a la disolución matrimonial: reparto de bienes, obligaciones respecto a los hijos, etc.

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