ABOGADOS PERMISOS PENITENCIARIOS MALAGA ABOGADOS EXPERTOS TRATAMIENTO PENITENCIARIO EN MALAGA
La firma CENTURY ABOGADOS cuenta dentro del area de Derecho Penal con Abogado Experto en tratamiento penitenciario, el cual le desarrolla en este articulo los requisitos para obtener un permiso penitenciario como paso previo para obtener el tercer grado o vida en semilibertad ABOGADOS PERMISOS PENITENCIARIOS MALAGA
Los permisos de salida de prisión son un derecho para todos los internos., y tienen como objetivo preparar la vida una vez cumplida la condena, y ayudan a no perder los vínculos familiares y sociales, reducen los efectos negativos del encarcelamiento y te preparan para tu vuelta a la libertad.ABOGADOS PERMISOS PENITENCIARIOS MALAGA
Los permisos de salida de la cárcel son imprescindibles durante el tiempo de permanencia en prisión ya que ayudan a reducir los efectos negativos que el encarcelamiento produce en las personas. Por eso, son considerados como parte del proceso de reinserción. ABOGADOS PERMISOS PENITENCIARIOS MALAGA
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Los permisos que puedes conseguir son clasificados como permisos ordinarios y permisos extraordinarios.
Los permisos de salida ordinarios son concedidos con la finalidad de que los internos se vayan preparando para su reinserción en la sociedad, no pierdan sus vínculos con sus familiares ni con la sociedad en general y aprendan a superar los obstáculos que les llevaron a cometer los delitos por los que fueron condenados.
Estos permisos podrán concederse hasta: ABOGADOS PERMISOS PENITENCIARIOS MALAGA
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Los requisitos imprescindibles para que te concedan un permiso ordinario son:
Si cumples los requisitos anteriores, el siguiente paso es:
Si bien todo condenado tiene derecho a que se lo concedan y a disfrutar de permisos, es habitual que no los concedan, por lo que es importante el apoyo y asistencia de un Abogado experto en tratamiento penitenciario. ABOGADOS PERMISOS PENITENCIARIOS MALAGA
Caso de denegacion se puede recurrir la misma a traves de un Abogado especialista en Tratamiento Penitenciario, al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria , en el plazo de un mes desde que se comunica la resolucion denegando el mismo.
Los permisos extraordinarios son concedidos por la Junta de Tratamiento del Centro Penitenciario por motivos humanitarios y bajo medidas de control y seguridad adecuadas a los internos durante el tiempo del permiso.
Los casos en los que te pueden conceder estos permisos son:
Fallecimiento o enfermedad grave de un familiar directo (padres, hijos, cónyuge, hermanos y otras personas íntimamente relacionadas con los internos).
Alumbramiento de la esposa o de la pareja sentimental del interno.
Otros motivos importantes y similares a los anteriores.
SI ESTA CUMPLIENDO SU CONDENA, PODEMOS AYUDARLE CON SU TRATAMIENTO PENITENCIARIO ASI COMO EN LA OBTENCION DE PERMISOS Y REVISION DE GRADO , PARA LA OBTENCION DEL TERCER GRADO O BIEN ALTERNATIVAMENTE EL ARTICULO 100.2 DEL REGLAMENTO PENITENCIARIO