Abogados Clubs Cannabis Marihuana Sevilla

Crear un club de marihuana en Barcelona

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Telefono Gratuito 24 horas 900823531 / 607530101 ¿detenido por trafico marihuana cannabis en Sevilla? ¿quiere tener su propio clubs de cannabis marihuana en Sevilla? ¿que requisitos son necesarios para tener su club de fumadores o asoaciacion cannabica en Sevilla? En Century Abogados, firma lider en delitos de traficos de droga  – contra la salud publica -, damos respuesta a ello, a traves de nuestros expertos abogados especialistas en marihuana cannabis en Sevilla.

Nuestros mas de 20 años de experiencia, unidos a nuestra constante formacion, permiten a nuestros cliente cannabicos de Sevilla, dar respuesta inmediata a sus consultas, ante una intervencion policial de marihuana en Sevilla, autoconsumo marihuana cannabis Sevilla, u cualesquiera otra que son sometidas a nuestra consideracion

Contamos para ello con un servicio de atencion permanente

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Donde un Abogado especialista en Marihuana Cannabis de Sevilla, lo atendera sin dilación

Diariamente nuestros abogados penalistas cannabis marihuana Sevilla, responden cuestiones sobre como constituir una asociacion cannabica en Sevilla, su funcionamiento, organizacion del club de fumadores en Sevilla, las cuales seran respondidas en otro post

Debemos tener presente que el autoconsumo de marihuana cannabis en Sevilla esta permitido, y no constituye delito alguno

Si bien los delitos de trafico de marihuana cannabis estan regulados en el articulo 368 del Codigo Penal que dispone:

“Los que ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o las posean con aquellos fines, serán castigados con las penas de prisión de tres a seis años y multa del tanto al triplo del valor de la droga objeto del delito si se tratare de sustancias o productos que causen grave daño a la salud, y de prisión de uno a tres años y multa del tanto al duplo en los demás casos. No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, los tribunales podrán imponer la pena inferior en grado a las señaladas en atención a la escasa entidad del hecho y a las circunstancias personales del culpable. No se podrá hacer uso de esta facultad si concurriere alguna de las circunstancias a que se hace referencia en los artículos 369 bis y 370”.

Con base al artículo 368 del Código Penal, a diario ocurre que las plantas de cannabis, privada y discretamente cultivadas, por muchos cultivadores, en cuanto susceptibles de producir sustancias estupefacientes de tráfico prohibido, son intervenidas por efectivos policiales, iniciándose actuaciones penales por presunto delito contra la salud pública por tráfico de drogas, consistente en la realización de actividades de cultivo de cannabis sin las oportunas autorizaciones administrativas, contra el cultivador. En tales supuestos, la existencia de delito contra la salud pública, y en su caso, la concreción de las penas de prisión y multa a imponer, dependerá de las concretas circunstancias concurrentes en el hecho y su autor.

Si desea tener su propio club de fumadores de marihuana en Sevilla, puede consultarnos tambien via email, al que sigue

[email protected]

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