Efectos nueva calificación delitos leves. Abogados delitos leves Málaga

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Los efectos de la desaparición de los juicios de faltas. Abogados delitos leves Málaga

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Teléfono gratuito 900 82 35 31 / 607 53 01 01 Efectos de la desaparición de los juicios de faltas. Por tus abogados delitos leves Málaga.

A raíz de la desaparición de los juicios de faltas, con la entrada en vigor de las modificaciones realizadas en el Código Penal, se han producido una serie de consecuencias que vamos a explicar.

Tras la derogación del Libro III de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal; se modificó la redacción del art. 13.3: “son delitos leves las infracciones que la ley castiga con pena leve”.

Como ya hemos dicho en reiteradas ocasiones, una de ellas es que no es necesaria la presencia de tu equipo de abogados delitos leves Málaga para juzgarse muchos de ellos. Reiteramos, de igual forma, que contar con tus abogados delitos leves Málaga es la opción más recomendable.

Detención por delito leve. Abogados delitos leves Málaga

La Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que:

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Artículo 495:

“No se podrá detener por delitos leves, a no ser que el presunto reo no tuviese domicilio conocido ni diese fianza bastante, a juicio de la Autoridad o agente que intente detenerle”.

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De lo que se podría deducir que no se puede detener a nadie por cometer un delito leve; como ocurría antes con las faltas. Sin embargo esto no es así. No lo es porque tus abogados delitos leves Málaga entendemos que, cuando los delitos tienen el carácter de menos graves, si su horquilla va más allá de los tres meses; sí se permite la detención del delincuente.

Efectos principales. Abogados delitos leves Málaga

Con la nueva modificación, muchas de las anteriores faltas han dejado de estar penalizadas. Pero eso no quiere decir que no puedan tener, tus abogados delitos leves Málaga llevamos muchos casos, una sanción administrativa. La despenalización no significa que tus actos no tengan consecuencias.

Pero centrándonos en los nuevos delitos leves, tus abogados delitos leves Málaga queremos destacar los principales efectos:

  1. Los delitos leves generan antecedentes penales, hasta seis meses después de la extinción de la pena. Las faltas no los generaban.
  2. Prescriben en un año. Las faltas prescribían en seis meses. El tiempo de prescripción es el periodo que tenemos legalmente, también con tus abogados delitos leves Málaga, para emprender acciones judiciales contra alguien que ha cometido un delito sobre nosotros o nuestros bienes. Pasado este tiempo perdemos el derecho de ir al juzgado para pedir responsabilidades y se borran los efectos de la infracción.
  3. En todos los delitos leves se incorpora el grado de ejecución de tentativa. En las faltas no era posible. Esto permiten que se castigue el simple hecho de intentar cometer el delito.
  4. De la misma forma se incorporan los actos preparatorios de conspiración, provocación y proposición. En las faltas tampoco era posible. En este caso también se puede castigar el hecho de planear o maquinar el propio delito.
  5. El perdón del ofendido extingue la responsabilidad penal; siempre que se trate de delitos perseguibles a instancias del agraviado.

Efectos en el proceso. Abogados delitos leves Málaga

En realidad solo existen un par de diferencias reseñables. Por lo demás, tus abogados delitos leves Málaga, trabajamos de una forma muy similar en el juzgado a como lo hacíamos en los juicios de faltas.

  • El juez puede decretar al sobreseimiento; dejar de juzgar el hecho, por considerarlo de poca relevancia pública y carente de gravedad.
  • Si no lo prohíben expresamente, las partes del juicio pueden ser citadas y notificadas a través del correo electrónico y el teléfono particular.

Estas medidas, que agilizan los procesos y facilitan la comunicación, son otra de las razones por las que debes ponerte en contacto con tus abogados delitos leves Málaga, en cuando tengas conocimiento de ser alguna de las dos partes.

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