Documentos necesarios. Abogados para concurso de acreedores en Málaga

Documentos necesarios. Abogados para concurso de acreedores en Málaga

Documentos necesarios. Abogados para concurso de acreedores en Málaga

Índice

¿Sabes qué documentación debes presentar y la forma de hacerlo en un concurso de acreedores? Abogados para concurso de acreedores en Málaga

Rate this post
Teléfono gratuito 900 82 35 31 / 607 53 01 01 ¿Sabes qué documentación debes entregar y conoces la forma de hacerlo en un concurso de acreedores? Si aún no lo tienes claro, nuestro equipo de expertos abogados para concurso de acreedores en Málaga te cuenta todo lo que necesitas saber.

Tipos de solicitud

Para comenzar a explicar el proceso y la documentación necesaria, debes saber que existen dos tipos de solicitud; en función de quién solicita la apertura del proceso. En caso de que sepas que estás al borde de la insolvencia, como expertos abogados para concurso de acreedores en Málaga, te recomendamos que lo solicites de forma voluntaria. Te ahorrará muchos problemas y puede ofrecerte una vía de solucionar los problemas más barata, sencilla y con menos riesgos.

  1. Solicitud voluntaria. La que te recomendamos tus expertos abogados para concurso de acreedores en Málaga. Cuando tú, ya sea como persona física o como responsable de la empresa, tienes conocimiento de la gravedad de la situación económica; tienes la obligación de presentar la solicitud del concurso en un plazo máximo de dos meses. Y créenos cuando te decimos que es mejor que lo hagas. Y no es solo por el hecho de que estés legalmente obligado a hacerlo.
  2. Solicitud forzosa. Es la que se hace a petición de un acreedor, o varios; o alguna persona de la dirección de la empresa que sospeche la quiebra inminente.

Si tu empresa o tu estáis cerca de la insolvencia; nuestro equipo de abogados para concurso de acreedores en Málaga te recomienda la solicitud voluntaria. Somos especialistas en este tipo de situaciones concursales y podemos realmente ayudarte. Piensa que, si no la solicitas voluntariamente y finalmente la pide un deudor; el proceso va a ser mucho más duro. El juez podría pensar en una quiebra fraudulenta; una situación contable que pueda ser perseguida, etc. Todo ello no hace más que perjudicarte y perjudicar la labor que deben desarrollar tus abogados para concurso de acreedores en Málaga. De modo que no dilates más tu llamada.

Llama al

teléfono gratuito

900 82 35 31

Documentos para la solicitud

En el caso de que el procedimiento sea voluntario, el juez debe admitirlo a trámite. En el segundo caso, un juez tramitará la solicitud de concurso de acreedores y decidirá si se aprueba o no. Como ya te dijimos anteriormente, no se puede ni debe dilatar la presentación del concurso. Por lo que tu equipo experto de abogados para concurso de acreedores en Málaga presentará la solicitud en el juzgado mercantil correspondiente; dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que se ha constatado la situación de insolvencia.

Debes saber que la solicitud de concurso de acreedores se presenta ante los Juzgados de lo Mercantil de la provincia donde tenga su domicilio el deudor y es requisito indispensable la asistencia de abogado y procurador. Por lo que necesitarás a tu equipo de abogados para concurso de acreedores en Málaga para llevar todo el proceso a cabo.

Documentación

Como es lógico, habrá que tramitarla por escrito y aclarar si se trata de una insolvencia real; o si es no es real, pero es inminente. Será entonces cuando debamos aportar la documentación que indica el artículo 6.2 de la Ley Concursal:

  • Poder especial para solicitar el concurso.
  • La memoria económica y jurídica del deudor; de la actividad o actividades a que se haya dedicado durante los tres últimos años y de los establecimientos, oficinas y explotaciones de que sea titular; de las causas del estado en que se encuentre y de las valoraciones y propuestas sobre la viabilidad patrimonial.
    • Si el deudor fuera persona casada, indicará en la memoria la identidad del cónyuge, con expresión del régimen económico del matrimonio.
    • En caso de persona jurídica, indicará en la memoria la identidad de los socios o asociados de que tenga constancia, de los administradores o de los liquidadores y, en su caso, del auditor de cuentas, así como si forma parte de un grupo de empresas, enumerando las entidades integradas en éste, y si tiene admitidos valores a cotización en mercado secundario oficial.
    • Si se tratase de una herencia, se indicarán en la memoria los datos del causante.
  • Un inventario de bienes y derechos, con expresión de su naturaleza; lugar en que se encuentren; datos de identificación registral en su caso; valor de adquisición; correcciones valorativas que procedan y estimación del valor real actual. Se indicarán también los gravámenes, trabas y cargas que afecten a estos bienes y derechos; con expresión de su naturaleza y los datos de identificación.
  • Relación de acreedores, por orden alfabético, con expresión de la identidad, domicilio y dirección electrónica de cada uno de ellos, así como de la cuantía y el vencimiento de los respectivos créditos y las garantías personales o reales constituidas. Si algún acreedor hubiera reclamado judicialmente el pago, se identificará el procedimiento correspondiente y se indicará el estado de las actuaciones.
  • La plantilla de trabajadores en su caso y la identidad del órgano de representación de los mismos si lo hubiere.

Empresas

En el caso de las empresas, o deudores obligados a llevar una contabilidad del negocio, además tienen que presentar:

  • Cuentas anuales y, en su caso, informes de gestión o informes de auditoria correspondientes a los tres últimos ejercicios.
  • Memoria de los cambios significativos operados en el patrimonio con posterioridad a las últimas cuentas anuales formuladas y depositadas y de las operaciones que por su naturaleza; objeto o cuantía excedan del giro o tráfico ordinario del deudor.
  • Estados financieros intermedios elaborados con posterioridad a las últimas cuentas anuales presentadas; en el caso de que el deudor estuviese obligado a comunicarlos o remitirlos a autoridades supervisoras.
  • En el caso de que el deudor forme parte de un grupo de empresas, como sociedad dominante o como sociedad dominada, acompañará también las cuentas anuales y el informe de gestión consolidados correspondientes a los tres últimos ejercicios sociales y el informe de auditoría emitido en relación con dichas cuentas, así como una memoria expresiva de las operaciones realizadas con otras sociedades del grupo durante ese mismo período.

Como se puede ver, hay un compendio enorme de documentación que presentar y que organizar. Por lo que es fundamental contactar cuanto antes con tu equipo de confianza de abogados para concurso de acreedores en Málaga.

No Comments

Sorry, the comment form is closed at this time.