
22 May ¿QUE INDEMNIZACION PUEDO RECIBIR SI HE SIDO ATROPELLADO?
Cuando una persona sufre un atropello por un vehículo motorizado, existe una regulación específica que lo ampara. Se trata de la nueva valoración de indemnizaciones de víctimas de accidentes de tráfico, la Ley 35/2015. Esta nueva normativa es de aplicación a los siniestros producidos a partir del 1 de enero de 2016 y, en resumen, supone un incremento de las indemnizaciones del 50% de media. En caso de que se produzca la muerte del accidentado, se incrementa un 35% y en el caso de que el accidentado quede con secuelas, se incrementa un 12,8% por las lesiones creadas. – INDEMNIZACION POR ATROPELLO –
Por otro lado, este nuevo baremo establece que serán las aseguradoras las que se ocupen, de por vida, de los tratamientos de la víctima de un accidente, mientras que antes sólo lo hacían hasta el día de su curación, o en el que finalizan las secuelas y, además, estas entidades tendrán que indemnizar a los servicios públicos de salud de las comunidades autónomas todos los gastos derivados de nuevo perjuicios cubiertos, como los importes médicos futuros, ciertos gastos de rehabilitación o necesidades de recambio de prótesis de lesionados graves.
Además, en caso de muerte, se clasifica a los perjudicados en cinco categorías: cónyuge, ascendientes, descendientes, hermanos y allegados. También se racionaliza el método de cálculo del lucro cesante (pérdida de ganancia), contemplando los ingresos netos de la víctima y valorando el trabajo no remunerado como las tareas del hogar o la pérdida de capacidad de trabajo futura de menores y estudiantes. – INDEMNIZACION POR ATROPELLO –
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