EL MEDIO AMBIENTE COMO DERECHO FUNDAMENTAL.

EL MEDIO AMBIENTE COMO DERECHO FUNDAMENTAL.

Resulta curioso que pese al gran número de voces que se están alzando últimamente sobre la necesidad de adaptar nuestra Constitución a nuestro tiempo, en ninguno de los programas y eventuales proyectos de reforma se hace referencia a la necesidad de reconocer el derecho al medio ambiente como un derecho clave, no solo para conservar nuestro entorno natural, sino también para garantizar una calidad de vida digna.

Pero se preguntará, ¿qué necesidad existe de considerar hoy en día el derecho al medio ambiente como un derecho fundamental? La respuesta es obvia. Cuando son tantos los argumentos que demuestran una dirección tan clara hacia un marco de protección, es evidente que estamos ante una necesidad y una demanda esenciales para la sociedad global, la cual se encuentra amenazada por imprevisibles cambios climáticos, con los irreversibles daños que estos pueden ocasionar en la naturaleza.

En este sentido, no creemos que el objetivo de inclusión del medio ambiente como derecho fundamental sea para nada un planteamiento utópico, sino más bien una oportunidad de otorgar el máximo rango jurídico a un derecho cuya existencia se constata ya, de forma intensa y trasversal, en todas las ramas del ordenamiento, tanto a nivel nacional como europeo.

Sin ir más lejos, el propio Tribunal Europeo de Derechos Humanos, ha vinculado nítidamente a algunos derechos individuales clásicos con un medio ambiente preservado de las diversas formas de contaminación. Todo sea dicho de paso, lamentablemente esta doctrina no ha llegado a traspasar los muros de nuestro Tribunal Constitucional.

Sin embargo, hay que ser realistas, y ser conscientes de que existen ciertas dificultades técnico-jurídicas a la hora de poder llevar a cabo esa construcción constitucional de la que hablamos, ya que necesariamente debería complementarse con una reforma de las leyes procesales para así, ser capaces de diseñar un modelo propio de tutela judicial para las posibles violaciones que pudieran producirse de ese futuro derecho al medio ambiente.

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